5.5.06

ESTATURUTO CATALANESCO

ESTATURUTO CATALANESCO

Vayamos directos al bulto, o sea, a algunos artículos notables del Estatuto Catalanista contra la libertad de chufla.

Artículo 5170. Cataluña se constituye en Sociedad Anónima Enmascarada Sobresahariana.

Artículo 6000. Los moros, aun los moros de pago, participarán en nuestra nación como catalanes de pega y, los más ricos, como catalanes de “atrezzo”.

Artículo 6311. El catalán será obligatorio para todos los cargos electos de la confederación Catalano- española, de concejal a rey.

Artículo 6312. El catalán también será obligatorio para todos los enchufados del estado. Nadie podrá ser enchufado sin cumplir este requisito lingüístico.

Artículo 6800. Quedan prohibidos todos los partidos que no tengan nombre en catalán o que participen en las elecciones de otra Nación.

Artículo 6990. Las leyes regularán los precios de cualquier Discriminación Positiva que se pretenda obtener (Pagaderos a través de La Caixa únicamente). Las Discriminaciones Negativas o Sorprendentes llevarán recargo del 50%.

Artículo 8000. Quedan prohibidas las comisiones superiores al 10% y los chantajes mayores del 5%. Salvo en el caso de hacerse contra el Estado Español, que deberán ser superiores al 100%.

Artículo 8001. El Estado Español no podrá darse ningún nuevo estatuto de autonomía sin el acuerdo previo de las Cortes Catalanas, no sea que con la abundancia de Naciones, la catalana pierda su importancia.

Artículo 8700. Las faltas de ortografía en catalán se considerarán delito de provocación (igual que la venta de toros españoles de felpa) y se castigarán con cárcel. Extranjeros, valencianos y baleares incluidos.

Artículo 8720. Al cumplir los 19 años, los jóvenes serán reclutados para prestar un año de servicio cívico militar en el Exèrcit Somaté de Catalunya, Montpeller y Andorra. Los desertores serán fusilados en el Fossar de les moreres, lugar de culto.

Artículo 8790. Todos los inmigrantes deberán llevar un brazalete con las barras catalanas donde se exprese su origen: Es, para españoles. Mo, para moros. SDCAS para latinos. Los europeos quedarán dispensados.

Artículo 8791. Todos los inmigrantes antes citados llevarán nombre catalán bien visible o se les retirará el permiso de trabajo.

Articulo 8792. Los permisos de trabajo serán gratuitos, menos en el caso de inmigrantes españoles, para evitar invasiones traicioneras.

Artículo 8793. Se aceptarán, por ser diálogo de civilizaciones, nombres compuestos para moros y europeos, pero nunca para españoles ni latinos.

Artículo 9001. Las personas con “cognoms” o apellidos españoles no normalizados no podrán acceder a la Administración Catalana ni ser candidatos en cualesquiera elecciones. El Gobierno publicará en el BOEC una lista completa de apellidos españoles normalizados al catalán, de los que se incluye una muestra: Campos= Camps; Fuente= Font; Rodríguez=Rodriguis; Zapatero= Sabater; Gómez= Gomis; Pérez=Peris. Giménex= Ximenes. Rubalcaba y Llamazares quedarán libres por ser de traducción imposible y de escasa entidad.

Artículo 9400. Ninguna musulmana podrá permanecer virgen cumplidos los catorce, para no discriminar a las buenas catalanas en el mercado del matrimonio. Se considerará mérito ser desflorada por catalán de décima generación no circuncidado, salvo en caso de origen judío. No podrá comerciarse con este mérito.

Artículo 9480. Se considerará falta grave no poseer el Carácter Oficial Catalán Obligatorio, que será tipificado por una Ley de Tipología Histórica y Limpieza de Sangre.

Artículo 9483. La prostitución queda prohibida a todas las nacidas en Cataluña. El mariconeo sólo podrá ser explotado por españoles y mojamés.

Artículo 9490. Sólo podrán ser titulares de medios de Información (fotocopiadoras incluidas) aquellos que, estando en posesión del Carácter Oficial Catalán y perteneciendo a partidos catalanes serios (no Partit Popular) acrediten su desconocimiento de la historia y costumbres catalanas y presenten certificado de estar asociados al menos a una Colla de Castellers o a una Cobla Sardanista.

Artículo 9567. Los catalanes, en previsión de errores sociales, sólo tienen derecho a ser catalanes. Quedan prohibidas las demás nacionalidades universales y muy especialmente la madrileña.

Artículo 9608. Los nombres de los extranjeros famosos, para poder publicarse en los medios catalanes, deberán adaptarse a la grafía de “la nostre llengua”. Ejemplo de Orientación: Josep Lluis Rodriguis Sabater o Jordi Buix, mismamente.

Artículo 9641. El Barça será siempre el campeón de la Liga Catalana por evidentes motivos de proyección exterior, fomento del extremismo y venta de abalorios que no incluyan toros ni flamencas de felpa.

Artículo 9720. La república Catalana se constituye en Monarquía Electiva, debiendo pertenecer los candidatos a la burguesía barcelonesa de los últimos 100 años.

Artículo 9800. Sólo serán simios verdaderos los nacidos en Cataluña y a éstos la administración les pagará en plátanos su trabajo en zoológicos, ferias, parlamentos, comisiones parlamentarias y municipios. Su sueldo como jugadores correrá a cargo del club, que podrá declararlos oriundos.

Artículo 70000. Picasso era catalán.

Artículo 75000. Ulises era catalán, como su amigo Homero

Artículo 76200. Los spaghetti son un plato catalán, y más si llevan salsa de tomate o “pomodoro”.

Artículo 80000. El borriquillo lanudo queda elegido mascota oficial de Cataluña y su imagen benéfica figurará en todos los impresos públicos y privados, con el lema “Ja soc aquí”.

Por la trascripción,
El Rector Subgeneral Manolo

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